(Cortesía AVN).- El acompañamiento internacional en los procesos electorales de Venezuela, como el previsto para el próximo 20 de mayo, tiene como objetivo presenciar las actividades previas y la propia celebración de los comicios con respeto y transparencia.
Quienes ejercen esta veeduría técnica deben respetar los principios de "supremacía constitucional, legalidad, soberanía, integridad e inviolabilidad territorial, autodeterminación de los pueblos, no injerencia, imparcialidad, transparencia y respeto a las normas y autoridades electorales”, recalca el Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales.
Dicho instrumento define como acompañantes internacionales a las instituciones o autoridades electorales de otros Estados, organizaciones u organismos internacionales, así como instituciones y personas en general. Para ello, deben recibir la invitación del Consejo Nacional Electoral (CNE), por solicitud hecha ante esa instancia o por iniciativa del mismo órgano electoral.
Aquellas personas que estén en el país como acompañantes internacionales deben tener la credencial asignada por el CNE, y con ella pueden transitar en el territorio nacional, en cumplimiento de las actividades de acompañamiento; comunicarse con los candidatos, partidos, grupos de electores y comunidades u organizaciones indígenas postulantes; realizar entrevistas, reuniones o visitas a oficinas o edificaciones de la autoridad electoral, previa aprobación del CNE.
Asimismo, pueden presenciar, desde el punto de vista técnico, el diseño y ejecución de las operaciones electorales, para lo cual se les dotará de la información correspondiente, de acuerdo con el Plan de Acompañamiento Internacional Electoral y las decisiones del CNE, así como cualquier otra actividad necesaria para el desempeño del acompañamiento.
Tras presenciar las actividades pautadas en el calendario comicial, como por ejemplo las auditorías, y el desarrollo de las votaciones con visitas a los distintos centros de votación, deben levantar un informe técnico con las recomendaciones que consideren. Ese documento debe ser luego entregado a las autoridades del Poder Electoral. |